Conformidad

(GRI SO8; PR9)


La CTEEP respeta y aplica todos los marcos reguladores, así como los convenios y tratados internacionales que sean pertinentes a su negocio.

En el 2013, el recurso administrativo presentado por la empresa el 27/02/13 contra la Notificación de Infracción elaborada por la Superintendencia de Administración Tributaria, para el cobro de contribuciones sociales en virtud de la no acumulación del PIS y de la COFINS relativos a los años 2009 y 2010, fue juzgada a favor de la CTEEP en el Consejo Administrativo de Recursos Fiscales (Carf).

Además, la empresa presentó una impugnación contra la Notificación de Infracción elaborada por la Superintendencia de Administración Tributaria de Brasil en el 09/05/13, como resultado de la Orden de Procedimiento Fiscal Fiscal nº 08.1.85.00-2012-00052-2, que tiene como objetivo el cobro de supuestos débitos de IRPJ/CSLL, referentes al año calendario del 2008, resultantes de la amortización de la prima obtenida debido a la incorporación de ISA Partipações Ltda. En este informe se excluyen eventuales procesos administrativos laborales, de seguridad social y de terrenos, así como procedimientos de preparación o investigación civil pública.

En lo que respecta a la prestación de sus servicios, la empresa presentó, en el 2013, dos procesos judiciales en contra de la ANEEL

Uno de ellos se refiere al desconexión de aproximadamente 870 MW de carga de la Eletropaulo Metropolitana Eletricidade de São Paulo S.A, debido a lo sucedido en la Subestación de Milton Fornasaro en el 2011. La notificación equivale a una multa de R$ 1 250 336 millones y, en junio del 2013, la CTEEP presentó una demanda, la cual resultó en la suspensión de la exigencia del pago de la multa impuesta a la Compañía.

El otro caso fue de una multa relacionada al nivel de calidad de los servicios y a la no prestación del servicio público de transmisión, de acuerdo con los artículos 32 y 33 de la Resolución Normativa nº 270, entre junio de 2010 y mayo del 2011. La notificación equivale a una multa de R$ 416 167 mil y, en abril del 2013, la CTEEP presentó una demanda, la cual resultó en la suspensión de la exigencia del pago de la multa impuesta a la Compañía.














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